Tuli:Me olvidé de decir que me refería al Código Argentino.
Saluditos!
Tuli:Me olvidé de decir que me refería al Código Argentino.
Saluditos!
:drama: [Amentium cavea] :drama:Longa vita suae reginis
Alejandra, desde Colombia te comento que aca existen diferencias entre la nulidad del matrimonio y las causales de divorcio, las que relacionas en mi opinión generan nulidad es decir el matrimonio no nace válido a la vida jurídica (artículo 140 Código Civil Colombiano), las causales de divorcio son hechos o causales ya establecidos en la ley (artículo 154 ibidem) tales como las relaciones sexsuales extramatrimoniales de algún consorte, la falta grave e injustificada a lo deberes de padre o esposo, el trato cruel, la embriaguez habitual o el uso de alucinogénos, la enfermedad grave y no curable, la corrupción de algun cónyuge hacia el otro o hacia cualquier miembre de la familia, la separacón de cuerpos por más de 2 años y el mutuo acuerdo, en fin la idea es diferenciar entre la nulidad de lo caul creo son las causas que indicas (todas antes del matrimonio) y las causales de divorcio las cuales relacione brevemente y en resumen pero demonos cuenta que ellas tienen ocurrencia despues del matrimonio, gracias y hasta pronto
Excelentes aportes, amig@s.
Bien por mi compatriota rasmussen jony.
Interesante ver cómo cambian las cosas dependiendo del sitio.
¡¡ Que la caridad te haga siervo, ya que la verdad te hizo libre. | San Agustín!!
coincido con jony, puedes invalidar un matrimonio bajo esas causales, aplica para mexico tambien.
comencemos con los dos tipos de divorcio (en mexico), el voluntario, en donde no hayproblema por la patria potestad y la tutela de los hijos y los bienes son repartidos de manera voluntaria.y el necesario donde existe conflicto de intereses en las partes y tienen ganas de complicarse mutuamente la vida, en este caso la causal de divorcio mas comun y sencilla es la incopatibilidad de caracteres, es funcional y sencilla basta con probar que no te llevas bien y la convivencia es perjudicial para ambos....
el adulterio o infidelidad no aplican como causales, ya que el juicio se puede tumbar por no probarlo, necesitas hechos claros para demostrarla osease documentales explicitas (no testigos exclusivamente).mmmm
hace un par de años se aprobo una causal que otorga el divorcio cuando los conyuges tenian mas de dos años separados.
saludos a todos.....
Iniciado por alejandra22
Si alejandra lo mismo te iba a decir, por ejemplo en Venezuela la Impotencia Sexual es una causal de divorcio
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