Resultados 1 al 4 de 4

Tema: sucesion indivisa concepto

  1. #1
    Forero inexperto
    Fecha de ingreso
    07 abr, 07
    Mensajes
    1

    Predeterminado sucesion indivisa concepto

    hola yo queria saber si alguien me puede aclarar el concepto de sucesion indivisa y como se procede en el caso de liquidar el impuesto a las ganancias ? porque leyendo la ley de impuesto a las ganancias no me queda en claro cuando se refiere a varios momento como la fecha de declaratoria de herederos y la fecha de aprobacion de la cuenta particionaria o sea que no se cuando declara el impuesto a las ganancias la sucesion ( y a que se refiere con sucesion )y cuando el conyuge y los herederos eso debe se porque no tengo en claro el concepto de sucesion indivisa mi nombre es leticia y soy de argentina gracias !

  2. #2
    Forero inexperto
    Fecha de ingreso
    10 abr, 07
    Ubicación
    Santa Cruz
    Mensajes
    3

    Predeterminado Re: sucesion indivisa concepto

    SUCESION INDIVISA

    Está compuesta por todos aquéllos que comparten una herencia que no ha sido repartida, sea por ausencia de testamento, sea por que éste no ha consignado la partición de algunos bienes, sea porque han decidido no repartir el o los bienes materia de la sucesión. Una sucesión indivisa existe en relación al bien o bienes sobre los cuales los herederos comparten la propiedad.

    Las sucesiones indivisas se entenderán para los fines del impuesto a la renta, como una persona natural, hasta el momento en que se dicte la declaratoria de herederos o se inscriba en los Registros Públicos el testamento.

    Dictada la declaratoria de herederos o inscrito el testamento y por el período que transcurra hasta la fecha en que se adjudiquen judicial o extrajudicialmente los bienes que constituyen la masa hereditaria, el cónyuge supérstite, los herederos y los demás sucesores a título gratuito deberán incorporar a sus propias rentas la proporción que les corresponda en las rentas de la sucesión de acuerdo con su participación en el acervo sucesorio, excepto en los casos en que los legatarios deban computar las producidas por los bienes legados.

    A partir de la fecha en que se adjudiquen judicial o extrajudicialmente los bienes que constituyen la masa hereditaria, cada uno de los herederos deberá computar las rentas producidas por los bienes que se les haya adjudicado.
    César De las Muñecas Vaca

  3. #3
    Forero inexperto
    Fecha de ingreso
    24 ene, 12
    Mensajes
    1

    Predeterminado Re: sucesion indivisa concepto

    Gracias por la pregunta y respuesta!

  4. #4
    Forero inexperto
    Fecha de ingreso
    29 mar, 12
    Mensajes
    1

    Predeterminado Re: sucesion indivisa concepto

    Ahora que soy co-propietario junto con mi hermana de un inmueble el cual alquilamos y el cual esta registrado en Registros Publicos a nuestros nombres, como en este caso se hace la declaración del impuesto a la renta de 1era categoria (alquieleres). Los 2 debemos declarar, solo uno, los dos declaramos separados y cada uno paga lo q le corresponde (a medias), ya q no creo q ambos paguemos 2 veces el mismo tributo cada mes. Les agradeceré sus respuestas!!!!

Permisos de publicación

  • No puedes crear nuevos temas
  • No puedes responder temas
  • No puedes subir archivos adjuntos
  • No puedes editar tus mensajes
  •