PDA

Ver la versión completa : con los derechos humanos, no se juega!!



carlosig
26/01/2018, 14:25
http://www.ohchr.org/_layouts/15/OHCHR/OHCHR_images/logo-sp.pnghttp://semmexico.com/SemWork/uploads/780_1.jpeghttp://www.ohchr.org/_layouts/15/OHCHR/OHCHR_images/logo-sp.png

carlosig
26/01/2018, 14:30
CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL.


Condiciones
Artículo 45. El Juez o Jueza fijará el plazo del régimen de prueba, que no podrá ser inferior a un
año ni superior a dos, y determinará las condiciones que deberá cumplir el imputado o imputada,
entre las siguientes:
1. Residir en un lugar determinado.
2. Prohibición de visitar determinados lugares o personas.
3. Abstenerse de consumir drogas o sustancias estupefacientes o psicotrópicas y de abusar de las
bebidas alcohólicas.
4. Participar en programas especiales de tratamiento, con el fin de abstenerse de consumir
sustancias estupefacientes o psicotrópicas o bebidas alcohólicas.
5. Comenzar o finalizar la escolaridad básica si no la tiene cumplida, aprender una profesión u

oficio o seguir cursos de capacitación en el lugar o la institución que determine el Juez o Jueza.
6. Prestar servicios o labores a favor del Estado o instituciones de beneficio público.
7. Someterse a tratamiento médico o psicológico.
8. Permanecer en un trabajo o empleo, o adoptar, en el plazo que el tribunal determine, un oficio,
arte o profesión, si no tiene medios propios de subsistencia.
9. No poseer o portar armas.
10. No conducir vehículos, si éste hubiere sido el medio de comisión del delito.
A proposición del Ministerio Público, de la víctima o del imputado o imputada, el Juez o Jueza
podrá acordar otras condiciones de conducta similares, cuando estime que resulten convenientes.
En todo caso, el imputado o imputada deberá cumplir con la oferta de reparación acordada por el
Juez o Jueza, y someterse a la vigilancia que determine éste o ésta.
El régimen de prueba estará sujeto a control y vigilancia por parte del delegado o delegada de
prueba que designe el Juez o Jueza, y en ningún caso, el plazo fijado podrá exceder del término
medio de la pena aplicable.

carlosig
26/01/2018, 14:32
http://www.amambay570.com/images/noticias/decb224a58.jpg

carlosig
26/01/2018, 15:23
--------

¿ME DISCRIMINARON? (http://www.inadi.gob.ar/#)
¿CÓMO REALIZAR UNA DENUNCIA? (http://www.inadi.gob.ar/#)
CONSULTAS VÍA WEB (http://www.inadi.gob.ar/#)

Si te discriminaron, podés acercarte al INADI.

Según la Ley de Actos Discriminatorios 23.592 discriminar es impedir, obstruir, limitar o menoscabar el pleno ejercicio de los derechos y garantías de una persona utilizando como pretexto su género, etnia, creencias religiosas o políticas, nacionalidad, situación social o económica, orientación sexual, edad o caracteres físicos, entre otras condiciones, que pueden ser variables.