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Ver la versión completa : suspencion del proceso civil art. 320 del cigo procesal civil



diegoxxxxx
20/11/2006, 23:28
que p-ueden comentar acerca del articulo 320 del codigo procesal civil.
ustedes estan de acuerdo que un proceso civil se suspenda porque se inicie un proceso penal posterior a este.

MackSwain
07/05/2007, 20:37
ustedes estan de acuerdo que un proceso civil se suspenda porque se inicie un proceso penal posterior a este.
Sí, porque el proceso penal es mucho más rápido.

ADOLFO_A1
27/05/2007, 02:34
Pienso que en algunos casos es correcto, siempre que se trate de evitar sentencias contradictorias. Imagina el caso en que una persona inicia el cobro de una letra de cambio o titulo valor, y se le da la razón en la via civil, pero despues se le condena por estafa en la vía penal. Parece que lo ideal sería suspender el proceso de obligación de dar suma de dinero hasta que en la vía penal se demuestra la ausencia de una conducta típica, antijurídica y culpable.

MackSwain
27/05/2007, 06:46
En Argentina eso no sucede, porque al ser el proceso penal más rápido, se lo condena y luego el proceso civil solo fija el monto correspondiente ya teniendo la condena penal y sin iniciar un nuevo proceso.
Lo que puede darse que es que sea absuelto en sede penal y luego en sede civil condenado a pagar determinada cantidad por la razón que fuere.
Saludos.

pikazzo1
04/10/2007, 16:13
no necesariamente amigo el proceso penal doctrinariamente debe ser mas largo para poder brindar las garantias necesarias para una adecuada defensa asi evitar errores por parte de la administracion de justicia t cuent que aki un proiceso penal demora años por q tenemos el sistema de juicio oral y las garantias necesarias se vuelven un entorpecimiento x q tube la oportunidad de ver audiencias la mayoria se suspenden x q no vino el agraviado x q no vino el abogado el testigo x eso demoran años ahora el caso del argentino me parece malo en el segundo supuesto ya q se generaria una contradiccion de resoluciones imaguinate t absuelben en materia penal pero t condenan en materia civil si eres inocente x q pagar indemnizacion esta lokazo eso saludos

ius_man
11/10/2007, 12:20
no necesariamente amigo el proceso penal doctrinariamente debe ser mas largo para poder brindar las garantias necesarias para una adecuada defensa asi evitar errores por parte de la administracion de justicia t cuent que aki un proiceso penal demora años por q tenemos el sistema de juicio oral y las garantias necesarias se vuelven un entorpecimiento x q tube la oportunidad de ver audiencias la mayoria se suspenden x q no vino el agraviado x q no vino el abogado el testigo x eso demoran años ahora el caso del argentino me parece malo en el segundo supuesto ya q se generaria una contradiccion de resoluciones imaguinate t absuelben en materia penal pero t condenan en materia civil si eres inocente x q pagar indemnizacion esta lokazo eso saludos

En cierta manera, no es condicion sine qua non, que tengas que ser sentenciado en materia penal, para poder pagar una indemnización...
Porque puedes no tener culpabilidad en el proceso penal, pero sin embargo ocasionaste daños... saludos muchachos... sigamos opinando...