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Ver la versión completa : Ley de protección animal Venezuela (en discusión)



legislacionanimal
03/11/2005, 20:45
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DE LA LEY SOBRE PROTECCIÓN ANIMAL
INFORMACIÓN EMITIDA POR ANGELA EXPÓSITO

La exposición de motivos que conformó el articulado de la ley, se justificó, por el hecho, de que a pesar de reconocer el rol fundamental, que han jugado los animales para garantizar supervivencia humana, contrariamente, existen conductas crueles hacia los mimos, que deben prohibirse o regularse. Su objetivo se definió como parte del ambiente, tomando en cuenta, componentes físico-biológicos y socioculturales, desarrollo sustentable, educación ambiental y participación ciudadana, contenidos en:( Agenda 21 Cap.15), (Art. 102, 107 127 y 128. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. ), (Art. 1 y 3 .Ley Orgánica del Ambiente); (Art. 14 Declaración Universal de los Derechos de los Animales) leyes, decretos y ordenanzas, referidos a la protección de animales.

El desarrollo de esta propuesta, pionero a nivel Estadal, contiene innovaciones como: - Inserción de su contenido, en los planes de la Nación para divulgar y fomentar, la cultura de protección y respeto a los animales –Reconocimiento de los derechos de todos los animales, incluyendo perros de la calle, aves migratorias y los modificados genéticamente. –Inclusión de sanciones administrativas, civiles o penales. – Certificar la capacitación del personal que manipula animales.- Incorporación de comités éticos, para los destinados a experimentos.- integración de la comunidad a la guardería ambiental, para la recuperación y liberación de animales silvestres represados como mascotas y programas de rescate en situaciones de desastres naturales.-Incorporación de un sistema de salud para el control poblacional, registro censal e identificación, y eliminación de animales muertos o restos quirúrgicos, por cremación.-Se consagra el respeto a la vida de los animales ancianos y discapacitados siempre y cuando su condición no implique algún sufrimiento. - Inclusión de Venezuela en el listado internacional ,para ubicarse como el quinto país latinoamericano y el primer Estado de Venezuela, en crear una Legislación que excluya de las actividades circenses a los animales.

La exposición de motivos, señala que a pesar de considerar las nuevas tendencias para regular la conducta, haciéndola más humana, aún existe un predominio de su forma más primitiva, que se manifiesta en los espectáculos sangrientos con animales, donde los valores contrarios a la vida y respeto de otros, se maquillan de tradiciones y costumbres. Diversos estudios en criminología, han demostrado que los desordenes de conducta de asesinos en serie, han estado relacionados en su niñez con el maltrato hacia los animales y sus consecuencias, se expresan en conductas patológicas, potencialmente peligrosas para el colectivo. Si partimos de una sociedad, que tiene legalizada la violencia y la crueldad hacia otros, no puede garantizar la seguridad ciudadana, a cambio de tradiciones extranjeras que no forman parte de la cultura indígena ancestral, a sabiendas de que éstos se originaron a partir de un modelo importado, que no solo nos dejó la matanza y exterminio de 70.000.000 aborígenes, sino la sustitución de nuestra cultura, por la imposición de un patrón cultural , que expresa las formas más primitivas del comportamiento humano, derivadas del salvajismo. Nuestra mayor preocupación se hace presente cuando nos preguntamos: ¿Qué valores queremos inculcar en nuestros hijos cuando son espectadores de estos espectáculos sangrientos, donde se enseña a no valorar el respeto y la vida, de otro ser vivo? ¿Serán los mismos valores que inculcamos en el hogar? Utilizar la muerte como diversión, no puede ser parte, de la formación integral del individuo, la familia y la Sociedad. La tortura no puede formar parte, de ningún pueblo civilizado Dependerá de todos nosotros, que Venezuela pueda contar con una legislación que garantice al pueblo venezolano, el más alto grado de cultura civilizada, orientando progresivamente, la conducta, hacia las formas más humanas, entre el hombre y demás seres vivos.

El contenido de esta Ley, esta siendo revisado por consultoría jurídica y una vez evaluado, se presentará al CLR, para solicitar su discusión. Mediante consulta pública se incluirá información adicional por parte del colectivo y finalmente se presentará al CLR para su aprobación, artículo por artículo.. En vista de las solicitudes realizadas por otras fundaciones de protección animal de otros estados del país, se extendió la propuesta, a diputados de otros estados. Si desea obtener información sobre la exposición de motivos, escriba a legislacionanimal@ yahoo.es. Igualmente podrá obtener por vía Internet, con la búsqueda de inicio: videos sobre crueldad en animales, videos y fotografías realizadas por PETA, ALTARRIBA, ANPBA y A n i m a l w e b, que muestran imágenes extremadamente fuertes e inhumanas contra los animales. Se recomienda abstenerse de verlo a los niños y personas sensibles.