es necesario q me ayuden por favor
es necesario q me ayuden por favor
emlb17: Son tus iniciales y tu edad?. Porque esa desesperacion de solicitar ayuda con algo que debes buscar en los libros de derecho, mas especificamente de Civil. En internet hay muchos sitios que te pueden guiar.
Persona : ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones. art. 30 CC.
Persona juridica: art. 32,33,34 etc cc.
Nacimiento: personas juridicas, con la inscripcion de sus estatutos en los registros respectivos.
Finalizacion: art.48 CC.
Sintesis: remítase a la SECCION PRIMERA-TITULO 1 ART. 30 AL 125 CODIGO CIVIL. EL QUE ESPERA DESESPERA NO? SUERTE CON TU TRABAJO. Dr. Escobar serescobar@hotmail.com
Powered by vBulletin® Copyright © 2024 vBulletin Solutions, Inc. All rights reserved.