PDA

Ver la versión completa : software pirata



Emmanuel
16/09/2002, 16:44
En México se hacen audiciones en las empresas para verificar que no se estè usando software sin autorizaciòn (pirata), pero ¿quien hace estas audiciones? ¿Alguna Organizaciòn? Si alguien sabe el nombre le agradecerìa que me lo proporcionara, gracias.

Kreig
20/09/2002, 17:39
Algunas de las audiciones las realiza una empresa llamada BSA (Bussiness Software Asociation) pero solo para empresas suscritas a estas

Templar
22/09/2002, 15:58
Emmanuel, este es un tema bien extenso, pero tratare de explicarte un poquito y tambien te dare una referencia donde puedes encontrar mas informacion.

Mira quien regula esto de la pirateria en mexico es la empres que menciona nuestro amiga aqui arriba y tambien el IMPI (Instituto Mexicano de la Propiedad Intelectual) ??? ..... me quedo duda, no recuerdo si es "Intelectual o Industrial", bueno.... la idea es que se hacen programas contra la pirateria en la cual tratan de detener a quien hace la pirateria, o lucro directo, o sea que la conducta es realizada con fines de lucro directo, es cuando la actividad que se desarrolla tiene por objeto la obtención de un beneficio económico derivado del uso o explotación directo e inmediato de cualquiera de los derechos de autor protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor. Para explicarme mejor, el principal objetivo de estas organizaciones es detener a quienes se hacen ricos multiplicando y comerciando con "Software" hablando propiamente de informatica.

Ahora, hay la conducta indirecta, o pirateria indirecta, que es la que se entiende por el uso, a ver si me explico mejor; se debe interpretar que es realizada con fines de lucro indirecto, cuando la utilización de los derechos de autor protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor, resulta ser una ventaja o atractivo adicional de aquella actividad principal que desarrolla el agente del establecimiento industrial, comercial o del servicio de que se trate, si no me equivoco, es quien usa el "Software" que no es "Legal" y obtiene una ganacia de el, vaya si tu tienes un cybercafe y usas software que deberia tener licencia, sin que la tengas, estas sacando provecho de este software sin pagar los derechos de autor del mismo, o sea las licencias de uso.

Ahora cuendo sabes que cometes una infraccion de este tipo, la IMPI estipula las siguientes:


Con base en el artículo 231 de la Ley Federal del Derecho de Autor, se constituyen infracciones administrativas en materia de comercio, las conductas que a continuación se describen, cuando son realizadas con fines de lucro directo e indirecto:


I.- Comunicar o utilizar públicamente una obra protegida por cualquier medio, y de cualquier forma sin la autorización previa y expresa del autor, de sus legítimos herederos o del titular de un derecho patrimonial de autor;

II.- Utilizar la imagen de una persona sin su autorización o la de sus causahabientes;

III.- Producir, reproducir, almacenar, distribuir, transportar o comercializar copias de obras, fonogramas, videogramas o libros, protegidos por los derechos de autor o por los derechos conexos, sin la autorización de los respectivos titulares en los términos de esta Ley;

IV.- Ofrecer en venta, almacenar, transportar o poner en circulación obras protegidas por esta Ley que hayan sido deformadas, modificadas o mutiladas sin autorización del titular del derecho de autor;

V.- Importar, vender, arrendar o realizar cualquier acto que permita tener un dispositivo o sistema cuya finalidad sea desactivar los dispositivos electrónicos de protección de un programa de computación;

VI.- Retransmitir, fijar, reproducir y difundir al público emisiones de organismos de radio difusión y sin la autorización debida;

VII.- Usar, reproducir o explotar una reserva de derecho protegida o un programa de cómputo sin el consentimiento del titular;

VIII.- Usar o explotar un nombre, título, denominación, características físicas o psicológicas, o características de operación de tal forma que induzcan al error o confusión con una reserva de derechos protegida;

IX.- Utilizar obras literarias y artísticas protegidas por el capítulo III del Título VII de la presente Ley en contravención a lo dispuesto por el artículo 158 de la misma.

X.- Las demás infracciones a las disposiciones de la Ley que impliquen conducta a escala comercial o industrial relacionada con obras protegidas por esta Ley.

-----------------------------------------------------------------------------------

Biennn......... y cuales son las sanciones......... vamos a ver de cuanto "$$$$" estamos hablando...........

De conformidad con el artículo 232 de la Ley Federal del Derecho de Autor, el IMPI sancionará las infracciones administrativas en materia de comercio previstas en el artículo 231 del mismo ordenamiento legal:

I.- De cinco mil hasta diez mil días de salario mínimo en los casos previstos en las fracciones I, III, IV, V, VII, VIII y IX;

II.- De mil hasta cinco mil días de salario mínimo en los casos previstos en las fracciones II y VI; y

III.- De quinientos hasta mil días de salario mínimo en los demás casos a que se refiere la fracción X.

Asimismo, se aplicará multa adicional de hasta quinientos días de salario mínimo general vigente por día, a quien persista en la infracción.

Debe considerarse que en los casos en que el infractor fuese un editor, organismo de radiodifusión o cualquier persona, ya sea física o moral, que explote obras a escala comercial, la multa a que hubiere lugar de las señaladas con anterioridad, podrá ser incrementada hasta en un cincuenta por ciento.

Por otra parte y en relación con dichas infracciones, el IMPI se encuentra totalmente facultado para emitir la resolución de suspensión de la libre circulación de mercancías de procedencia extranjera en la frontera, de conformidad con lo dispuesto por la Ley Aduanera en vigor.

Cabe destacar que para la aplicación de estas sanciones se entiende como salario mínimo, el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal en la fecha en que se cometió la infracción.

Ahora esto involucra directamente a empresas y organizaciones que puedan lucrar directamente o indirectamente con el "software" ..... la "pirateria individual" vaya entiendase esto como duplicar para uno mismo es otro asunto y es sumamente grave, tratar de meter a la carcel a alguien que haga esto.

Lo que si te comento, es que todas absolutamente toda empresa que este registrada en Hacienda, esta expuesta a revisiones de este tipo, y claro a la IMPI y a la BSA, estan sustentadas bajo leyes federales por lo cual la PGR es quien se encarga de llevar el "vara de DIOS" ....... asi que hay que tener mucho pero mucho cuidado.

Bueno creo que ya me extendi demasiado, pero por si necesitas mas informacion sobre esto, la pagina de la IMPI te puede servir como referencia para que te informes mucho mas de esto.

http://banapanet.impi.gob.mx

Un saludo y suerte.....

Templar
El Abogado del Diablo

ialid
25/09/2002, 22:09
Me dejaste con el ojo cuadrado, que rollo te aventaste, pero cierto. Se ve que si sabes tu chamba, hace tiempo que deje esto de la computación y por lo visto tengo que volver a empezar otra vez, por todos los cambios que hay, me gustaria contar con la asesoria de alguien como tú.

ialid

Templar
25/09/2002, 22:13
Por supuesto, para servirte en lo que este a mi alcance.

Un saludo

Templar
El Abogado del Diablo

cyberboy
27/09/2002, 23:38
Soy de la misma opinion que ialid, sacame de otra duda, que hay que hacer para adquirir estas licencias, por ejem, supongamos que tengo 15 computadoras en mi negocio y todas corren win98 y office 2000 asi como antivirus, etc. estas se compran individualmente o por paquete y que pasa cuando quieres migrar de win98 a win/xp tienes que volver a pagar la licencia completa?
gracias de antemano.

Dark Knight
28/09/2002, 13:30
Cyberboy, espero que no te moleste que me tome la atribución de contestar una pregunta que dirigiste a Templar.

Para adquirir licencias tienes que copmprar una para cada máquina, pero en ocasiones puedes conseguir precios bajos por compras por volumen, es decir al mayoreo. Te recomiendo que consultes en alguna tienda de cómputo bien establecida, que venda licencias.

Si deseas migrar de win98 a winxp y ya pagaste la licencia del primero, forzosamente tendrás que pagar la licencia del segundo. Por eso te recomiendo que antes de hacer el pago de licencias pienses muy bien con qué sistema te vas a quedar.

Cómo una última solución, hace algunos años varios cybers en México emigraron a linux y a la mayoría de ellos les resulto, y la ventaja es que no tienes que 'regalarle' tu dinero a Bill Gates.

Saludos...

Templar
28/09/2002, 15:28
Hola Cyberboy:

Gracias por responder Dark, bueno agregando lo que menciona Dark, ahora microsoft esta promoviendo un nuevo sistema para esto de las licencias, no recuerdo bien el nombre es algo como "Agremment Licering" algo asi, y me parece se enfoca a negocios, vaya pues, tu puedes adquirir dos tipos de licencias, la de producto, cuando compras el software es decir que te va a durar toda la vida que tengas el software instalado esta licencia se usa para productos unitarios, es decir las que se venden en las tiendas de computadoras o las que vienen en instaladas en las maquinas de "marca"... ok?. Bien el otro tipo de licencia es la que se maneja por convenio, o sea que la licencia es valida por un periodo de tiempo (1 año, 2 años, etc..) esta licencia tiene la ventaja de que es actualizable, es decir, es valida para nuevos productos que esten en el mismo rubro, vaya para enterderlo mejor, si compraste un paquete que ampara 15 licencias de Windows 2000 por 3 años, esto te da soporte de actualizacion, (no estoy seguro pero creo que ampara el update a la siguiente version) ....... este tipo de licencias las llaman corporativas.

Existen tambien un tipo de licencias que son "educativas" donde el costo es menor y gozan de algunos privilegios por ser de esta categoria, no recuerdo bien, si encuentro bien esto de las licencias lo expecifico mas adelante ok?

Todo esto lo puedes pedir en informacion con el mismo fabricante o distribuidor en tu pais.

Un saludo y suerte.

Templar
El Abogado del Diablo